DOCUMENTO
PARA OBTENER LA RESIDENCIA POR ARRAIGO
LA ASESORIA JURÍDICA
DE ACULCO LES INFORMA DE LAS ÚLTIMAS
NOVEDADES EN EXTRANJERÍA
PARA
SOLICITAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA
ES NECESARIA CITA PREVIA ANTE EL REGISTRO
CIVIL DE MADRID: C/ PRADILLO 66
RESIDENCIA POR ARRAIGO
IMPORTANTE NOVEDAD EN LA SOLICITUD :
- Se tramita por SOLICITUD PREVIA DE CITA
AL TELF. 902 11 11 44, aportando la fecha
de entrada en España, la fecha del
empadronamiento y la fecha de los documentos
tramitados desde el país de origen
(Certificado de penales).
Arraigo:
Laboral: Pueden solicitar permiso de residencia
por arraigo laboral aquellos extranjeros
que acrediten:
- Permanencia continuada en España
durante un período mínimo
de dos años
- Carecer de antecedentes penales en su
país de origen y en España
- Relaciones laborales con duración
mínima de un año, acreditadas
mediante resolución judicial o acta
de Inspección de Trabajo y Seguridad
Social.
Permanencia
continuada en España durante tres
años: Pueden solicitar permiso de
residencia por arraigo de tres años
aquellos extranjeros que acrediten:
1)
Permanencia continuada en España
por un periodo mínimo de tres años
- Carecer de antecedentes penales en su
país de origen y en España
- Contrato de trabajo firmado por el trabajador
y el empleador.
- Contar con vínculos familiares
con ciudadanos españoles o con otros
extranjeros residentes de forma regular
(cónyuges, ascendientes y descendientes
directos)
2)
Permanencia continuada en España
por un periodo mínimo de tres años
- Carecer de antecedentes penales en su
país de origen y en España
- Contrato de trabajo firmado por el trabajador
y el empleador.
- EN CASO DE CARENCIA DE VINCULOS FAMILIARES
DIRECTOS, contar con informe emitido por
el Ayuntamiento que acredite su inserción
social (tiempo de permanencia, medios de
vida, grado de conocimiento de la lengua,
programas de inserción sociolaboral
en instituciones públicas y/o privadas,
y todo cuanto pruebe su grado de arraigo)
3)
Hijos de padre o madre originariamente españoles
La concesión del permiso por arraigo
conlleva la concesión de un permiso
de trabajo durante la vigencia de la misma.
El permiso de residencia por arraigo entrará
en vigencia a partir de la afiliación
y Alta del trabajador en la Seguridad Social,
que deberá hacerse en un periodo
máximo de un mes contado desde la
fecha de notificada la concesión
del permiso.
Información ofrecida por la asesoría
de Aculco, estamos para asesorarte en todos
los trámites en Extranjería
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